Solicitud de Certificado de Actos de Última Voluntad
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Puede consultar la disponibilidad del certificado y realizar su descarga desde el apartado ¿Cómo va lo mío?
Puede solicitar su Certificado de Actos de Última Voluntad por vía electrónica completando el formulario al que se accede desde esta página.
La solicitud no podrá presentarse hasta transcurridos 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento.
A partir de los datos proporcionados se verificará la disponibilidad por medios telemáticos de la información sobre la inscripción de la defunción del causante del certificado. Si esta información está disponible en línea, podrá completarse la solicitud.
Importante: Solamente puede presentar su solicitud por esta via si la fecha del fallecimiento es posterior al 2 de abril de 2009 y la defunción no está inscrita en un juzgado de paz. En caso contrario ha de acudir a la vía presencial o por correo postal pues ha de acompañar a su solicitud el certificado literal de defunción de la persona fallecida (Infórmese de la tramitación en el apartado Información general sobre el propio trámite)
Si con los datos proporcionados no fuera posible recuperar la información necesaria sobre la inscripción de la defunción, el sistema le avisará de esta situación mediante un mensaje en la pantalla para que verifique que los datos introducidos son correctos y de ser así para que lo intente de nuevo con otros grupos de búsqueda.
En el proceso, debe realizar el pago telemático de la tasa 006 asociada a la solicitud. El pago se realizará a través de la pasarela de pagos de la Agencia Tributaria para Tasas Administrativas. Consulte, en el apartado Resuelva sus dudas , las entidades bancarias adheridas a dicha pasarela de pago y el horario de servicio.
Como justificante de su solicitud se podrá descargar un documento con los comprobantes del pago y del registro de la solicitud, firmado electrónicamente por el Ministerio de Justicia.
No olvide guardar o imprimir este justificante. En el mismo se incluye un número de solicitud que necesitará para la descarga del certificado en formato electrónico, cuando éste esté disponible.
Si por alguna causa no fuera posible la expedición de su certificado por vía electrónica esta circunstancia se pondría en su conocimiento.
Si lo desea, en el formulario de solicitud, puede indicar una dirección de correo electrónico y recibirá un aviso cuando el certificado esté disponible.
Para realizar presencialmente este trámite en Madrid (C/ Bolsa núm. 8) utilice el nuevo servicio de Cita Previa.
Check the status of your application and download the digital certificate
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You can consult the status of their application of certificate, and download the certificate if it has already been issued through the application number that is included in your proof of certificate request. If you do not have the number of request, you may obtain and accessing the consultation of state of the application through the service My folder of the General access point for the administration of the State.
Please note that once the certificate is ready for download, you have a period of 90 calendar days to do it. After that period, if you want the certificate, you must re-apply.
Important: The last will certificate must be legalised if it is to have validity outside of Spain.
Verification of the certificate
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Agencies, entities and third party recipients of the digital last will certificate should check its validity in the Verification of documents by means of the CSV section providing the Secure Verification Code found in this document.
Download the form 790
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Submitting the form 790 is required to request your certificate in person or by mail. For information about how to apply in person or by mail, see General information on your procedure.
Important: You must not photocopy these forms as they contain a number code which must be unique for each request.