Los interesados podrán solicitar la devolución del importe de la tasa liquidada para la expedición de certificados de última voluntad, de contrato de seguro de cobertura de fallecimiento, de antecedentes penales y la tasa por la presentación de solicitudes en procedimientos de nacionalidad española por residencia y carta de naturaleza para sefardíes originarios de España cuando ésta haya sido errónea o incorrectamente abonada.
Los interesados podrán solicitar la devolución del importe de las siguientes tasas, liquidadas exclusivamente para trámites del MINISTERIO DE JUSTICIA:
Tasa 006: Tasa liquidada para la emisión de un certificado de Antecedentes Penales o para la emisión de un certificado de Últimas Voluntades y Contratos de Seguro con Cobertura de Fallecimiento
Tasa 026: Tasa liquidada por la presentación de solicitudes en procedimientos de nacionalidad española por residencia y carta de naturaleza para sefardíes originarios de España.
A estos efectos, deberá dirigir la solicitud al órgano gestor de la tasa cuya devolución solicita:
Subdirección General de Desarrollo e Implantación de Servicios Digitales: Si solicita la devolución de un ingreso efectuado indebidamente para la emisión de un certificado de Antecedentes Penales (modelo 790 006)
Subdirección General del Notariado y de los Registros: Si solicita la devolución de un ingreso efectuado indebidamente para la emisión de un certificado de Últimas Voluntades y Contratos de Seguro con Cobertura de Fallecimiento (Modelo 790 006)
Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil: Si solicita la devolución de un ingreso efectuado indebidamente para la solicitud de la Nacionalidad Española (modelo 790 026)
El Centro Gestor correspondiente dictará la oportuna resolución reconociendo o no el derecho de devolución de la tasa, siendo notificada al interesado. De ser reconocido el derecho a devolución, y tras la oportuna propuesta a la Agencia Tributaria, esta devolverá directamente al interesado el importe solicitado, o, en su caso, solicitará aclaración al Ministerio de Justicia, si apreciara alguna incidencia en el expediente objeto de devolución.
En todo caso, la devolución habrá de ser solicitada, por el interesado que liquidó la tasa correspondiente (por sí mismo o por medio de representante). Deberán completar todos los datos que se soliciten al acceder al procedimiento, incluido el motivo de la solicitud, y deberán adjuntarse los documentos necesarios, acreditativos del ingreso efectuado y del derecho a la devolución